12/10/2012 Desde el 5 de noviembre, el fisco nacional le exigirá a las agencias efectuar una presentación cada vez que contraten o adquieran un servicio en el exterior. Así, los argentinos que pretendan viajar afuera del país deberán esperar a que el ente valide o no la entrega de los dólares
Por Hernán Gilardo
 

Como paso previo a la implementación de la Declaración Jurada Anticipada de Turismo (DJAT), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió ampliar la ventanilla única electrónica del comercio exterior.

La medida se dio a conocer a través de la resolución general 3395 publicada este viernes en el Boletín Oficial. Para acceder al texto completo haga clic aquí.

Desde el 5 de noviembre, el fisco nacional le exigirá a las agencias de viaje presentar una declaración jurada anticipada cada vez que contraten o adquieran un servicio en el exterior.

Así, los argentinos que pretendan viajar fuera del país deberán esperar a que el fisco valide o no la entrega de los dólares que serán necesarios para el destino contratado a través de una agencia de turismo.

Para ello, era necesario ampliar la ventanilla única electrónica del comercio exterior. A través de la flamante reglamentación se amplía la herramienta online a "la información referida a los pasajes correspondientes a viajes en buques o aeronaves, así como a los gastos de turismo y viajes por servicios contratados al exterior concertados por operadores turísticos que actúan en el país".

Sin dudas, es el paso previo para la inminente implementación de la Declaración Jurada Anticipada de Turismo (DJAT).

Por lo tanto, quedan alcanzados por la ventanilla los siguientes contratos de servicios:

  • Pasajes ganados por buques y aeronaves.
  • Otros servicios de información e informática.
  • Patentes y Marcas.
  • Regalías.
  • Derechos de Autor.
  • Primas por préstamos de jugadores.
  • Servicios Empresariales Profesionales y Técnicos.
  • Servicios Personales, culturales y recreativos.
  • Pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios.
  • Derechos de Explotación de películas, video y audio extranjeras.
  • Servicios de Transferencia de Tecnología (excepto patentes y marcas).
  • Gastos de turismo y viajes de operadores turísticos por servicios contratados al exterior.
  • Otras rentas pagadas al exterior.
  • Compra de activos no financieros no producidos

Las nuevas pautas entran en vigencia a partir de mañana sábado.