Buen dia,
Les comentamos que la AFIP Modifico hoy mediante la Resolucion General 4102-E 2017 las fechas de ingreso para el segundo, tercero, cuarto y quinto ANTICIPO correspondientes al periodo fiscal 2017 de los impuestos a las GANANCIAS y sobre los BIENES PERSONALES.
Los mismos deberan ser cancelados en los meses de SEPTIEMBRE, OCTURBRE y DICIEMBRE de 2017; y, MARZO de 2018 respectivamente segun el siguiente detalle:
CUIT terminados en 0, 1, 2 o 3 hasta el DIA 13 inclusive.
CUIT terminados en 4, 5 o 6 hasta el dia 14 inclusive.
CUIT terminados en 7, 8 o 9 hasta el dia 15 incluisve.
La norma publicada hoy en el Boletin Oficial, modifica las Resoluciones Generadas Nros. 4061-E, 4081-E y 4093-E que establecian plazos especiales para la presentacion y pago de determinadas Declaraciones Juradas determinativas e informativas relacionadas con los impuestos a las Ganancias, sobre los Bienes Personales y a la Ganancia Minima Presunta del Periodo Fiscal 2016, asi como para el ingreso del primer anticipo correspondiente al periodo fiscal 2017 de los referidos gravamenes.